SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2019-S1

Fecha: 10-Abr-2019

apelación

Respecto a la señalada disposición y el alcance del plazo para la remisión de antecedentes, vinculado a la naturaleza del recurso, a través de la
SC 0160/2005-R de 23 de febrero, se estableció que:“El Código de procedimiento penal, dentro del sistema de recursos  que dispensa a las partes, prevé el de apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares, que se muestra como un  recurso sumario, pronto y efectivo, dado que conforme lo establece el art. 251 del CPP, una vez interpuesto este recurso, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas ante la Corte Superior de Justicia en el término de veinticuatro horas, debiendo el tribunal de apelación resolver el recurso, sin más trámite y en audiencia dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones.