SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2019-S1
Fecha: 10-Abr-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante, ratificó íntegramente el contenido de su demanda; y, ampliándolo señaló que hasta el día de la audiencia pública de acción de libertad
-22 de noviembre de 2018-, la autoridad demandada, no elaboró el acta de audiencia de aplicación de medidas cautelares de 10 del referido mes y año, en la que se ordenó la detención preventiva del impetrante de tutela, determinación que es apelada el 12 del citado mes y año; empero, no se cumplió con la remisión de actuados ante el Tribunal superior en el plazo establecido, pese haberse dejado los recaudos de ley; por lo que, considera vulnerados sus derechos al debido proceso y a la libertad, pues el incumplimiento del envío en el plazo de veinticuatro horas conforme al art. 251 del CCP, hacen que exista una ilegal detención, al no obrar con celeridad en la tramitación de la apelación; en ese entendido, no se garantiza una justicia pronta oportuna, transparente y sin dilaciones.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La apelación incidental y el plazo para la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada
- apelación
- recurso idóneo e inmediato
- III.2. La falta de provisión de recaudos y la remisión de la apelación incidental de medidas cautelares ante el Tribunal de alzada
- por lo que las partes procesales no tienen la obligación de proveer dichos recaudos para la continuidad del proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo