Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2019-S1
Fecha: 10-Abr-2019
II.2.
II.2. Cursa Informe de Javier Trujillo Dávalos, Oficial de Diligencias del juzgado Público Mixto Civil y Comercial de Familia e Instrucción Penal Primero de Sipe Sipe del departamento de Cochabamba, refiriendo que: i) Mediante Auto de “14” de noviembre de 2018, se concedió el recurso de apelación ante el Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; ii) Hasta esa fecha no se dejó los recaudos de ley -20 del mismo mes y año-; y, iii) La jueza de primera instancia, asumió todos los gastos de las piezas procesales pertinentes, para la remisión a la Sala Penal de tuno del Tribunal Departamental de Justicia referido (fs. 63).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La apelación incidental y el plazo para la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada
- apelación
- recurso idóneo e inmediato
- III.2. La falta de provisión de recaudos y la remisión de la apelación incidental de medidas cautelares ante el Tribunal de alzada
- por lo que las partes procesales no tienen la obligación de proveer dichos recaudos para la continuidad del proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo