Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2019-S1
Fecha: 10-Abr-2019
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal instaurado contra Guido Dennis López Siles
-ahora accionante-, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, realizada la audiencia en la que se dispuso su detención preventiva, por memorial presentado bajo la suma “FORMULA RECURSO DE APELACIÓN INCIDENTAL” (sic), de 12 de noviembre de 2018, el impetrante de tutela impugnó la decisión de aplicación de la medida extrema de detención preventiva, solicitando que en el plazo previsto por el art. 251 del CPP, se remitan los antecedentes ante el Tribunal de alzada
(fs. 50).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La apelación incidental y el plazo para la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada
- apelación
- recurso idóneo e inmediato
- III.2. La falta de provisión de recaudos y la remisión de la apelación incidental de medidas cautelares ante el Tribunal de alzada
- por lo que las partes procesales no tienen la obligación de proveer dichos recaudos para la continuidad del proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo