SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2019-S1

Fecha: 10-Abr-2019

III.2.  La falta de provisión de recaudos y la remisión de la apelación incidental de medidas cautelares ante el Tribunal de alzada

El Tribunal Constitucional Plurinacional ha sido relievado en su jurisprudencia a la gratuidad como principio básico en la impartición de justicia, conforme lo determinado en la Norma Suprema; en ese sentido la jurisprudencia contenida en la SCP 2075/2013 de 18 de noviembre, la cual cita a la SCP 0286/2012 de 6 de junio, determinó que: “Sobre el principio de gratuidad en la administración de justicia y su desarrollo en la Ley del Órgano Judicial y la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, la citada Sentencia Constitucional Plurinacional resaltó que: 'De donde se infiere que, al constituirse el principio de gratuidad en uno de los pilares del sistema de administración de justicia, no puede, la autoridad jurisdiccional, a título de la falta de provisión de recaudos, paralizar la tramitación de una causa o de un recurso dentro de la misma, toda vez que dicha actuación incidiría directamente en su tramitación, ocasionando una dilación indebida y consecuentemente posibles vulneraciones a derechos y garantías de los particulares”’.