Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2019-S1
Fecha: 10-Abr-2019
II.1.
II.1. Cursa contrato individual de trabajo de 20 de octubre de 2017, por realización de obra hasta la terminación del trabajo específico asignado, suscrito por la Empresa COTINAVEC BOL MONTAJES Y CONSTRUCCIONES S.A. representada por Miguel Alberto Menacho Vargas y Cesar Palacios Soliz -hoy accionante-, por un plazo temporal bajo la modalidad de realización de obra fase o actividad o trabajo específico para el cual fue contratado, percibiendo una remuneración mensual de Bs5 000.- (cinco mil Bolivianos), más otros reconocimientos de ley (fs. 1 a 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la conminatoria de reincorporación librada por las Jefaturas Departamentales de Trabajo son obligatorias para los empleadores tanto del sector público como privado y ante su eventual incumplimiento se abre la posibilidad de acudir a la vía constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte