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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2019-S3

    Fecha: 09-Abr-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 8
    • la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
    • el debido proceso es de aplicación inmediata, vincula a todas las autoridades judiciales, jurisdiccionales y administrativas, y constituye una garantía de legalidad procesal prevista por el constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales o administrativas
    • primero, relativo a la congruencia externa
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • i)
    • ii)
    • iii)
    • iv)
    • b)
    • c)
    • d)
    • inicio de investigaciones se interrumpió la prescripción
    • CONFIRMAR

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