SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2019-S3

Fecha: 09-Abr-2019

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante a través de su abogado, ratificó los fundamentos de su acción de amparo constitucional y puntualizándolos manifestó que, fue necesario pedir mediante incidente la integración necesaria de la litis en el proceso, para evitar la vulneración de derechos de terceros, siendo que el Juez de la causa civil, pretendió desconocer la decisión de un Juez en materia familiar, valorando de forma insuficiente la prueba presentada, utilizando fundamentos escabrosos y afirmando que no era parte ni tercera en el proceso, en razón de haberse anulado el 2003 su matrimonio con Jaime Ramírez Solares, por ende desconoció los efectos válidos de su unión de buena fe hasta el 2005, año en que se ejecutorió la Sentencia que anuló su matrimonio, siendo válidos los beneficios en razón de haber sido esposa del citado.