Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2019-S1
Fecha: 17-Abr-2019
II.2.
II.2. Cursa informe dirigido a la Jueza de Instrucción Penal Primero del departamento de Oruro -hoy demandada- sobre ampliación y/o complementación de diligencias preliminares de 31 de julio de 2018, suscrito por el Fiscal de Materia Francisco Rodríguez Mamani, en el cual refiere que al amparo de los arts. 300 y “301.2” del CPP, dispuso la ampliación y consiguiente complementación de las diligencias policiales acumuladas hasta el presente, fijando como plazo razonable treinta días más, a cuya culminación emitirá el requerimiento pertinente según las formas previstas por el art. 301 del citado Código (fs. 11).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- c) esas lesiones tengan relevancia constitucional, es decir, que esa infracción procedimental de lugar a que la decisión impugnada tenga diferente resultado al que se hubiera dado de no haberse incurrido en los errores o defectos denunciados’.
- es decir, cuando provoquen indefensión material a la parte procesal que los denuncia y sea determinante para la decisión final adoptada,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16