SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2019-S3

Fecha: 11-Abr-2019

al no haber atendido su solicitud de manera clara, precisa, completa de acuerdo a lo solicitado

           En consecuencia, resulta evidente que el Director demandado incurrió en lesión del derecho a la petición del accionante, conforme consta en la Nota de respuesta al recurso jerárquico que interpuso, no habiendo cumplido con los presupuestos centrales de la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, al no haber atendido su solicitud de manera clara, precisa, completa de acuerdo a lo solicitado, por cuanto la respuesta otorgada no se encuentra enmarcada dentro de las exigencias legales y jurisprudenciales.

           En relación a la denuncia de vulneración de la garantía del debido proceso, entendiéndose que comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, al haberse evidenciado la falta de fundamentación y motivación en la respuesta al recurso jerárquico opuesto por el accionante, se tiene también por vulnerado.