SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2019-S2
Fecha: 24-Abr-2019
II.3.
II.3. Fotocopia simple del recurso de reposición planteado por Luis Alberto Dips Salvatierra, el 21 de noviembre de 2018, ante el Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia Primero de La Paz, contra la providencia de 18 de octubre igual año “para que se realice la conminatoria y se respete el plazo de investigación”; recurso del que se extraen los siguientes datos: a) El 5 de septiembre de 2018, el Fiscal asignado al caso puso a conocimiento de la autoridad judicial el inicio de las investigaciones; b) Por memorial de 24 de septiembre de 2018, Luis Alberto Dips Salvatierra, -padre del adolescente denunciado-, solicitó control jurisdiccional por vencimiento del plazo de la etapa de investigación; solicitud que mereció la providencia de 25 de septiembre de 2018, por la cual la autoridad judicial, sostuvo que la solicitud se efectúe conforme a los plazos procesales que el Código Niño Niña y Adolescente dispone c) Mediante memorial de 11 de octubre del indicado año, presentado por el padre del adolescente, se solicitó a través de la autoridad judicial, que el Fiscal informe sobre irregularidades en la aplicación del Código Niño Niña y Adolescente (fs. 5); disponiendo, la autoridad judicial, por Providencia de 12 de octubre del señalado año, que se ponga en conocimiento al Fiscal de Materia asignado al caso, para que en el plazo de cuarenta y ocho horas informe, que fue notificado al fiscal en la misma fecha; y, d) Por memorial de 16 de octubre de ese mismo año, se solicitó a la autoridad judicial que realice la conminatoria, debido a que se sobrepasaron los plazos de la etapa de investigación de acuerdo al indicado Código Niña, Niño y Adolescente. Mediante Providencia de 18 de octubre de 2018, la autoridad judicial, sostuvo que se solicite conforme a los datos del proceso (fs. 15 a 16 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- III.1. La protección directa a través de la acción de libertad en el caso de adolescentes responsables penalmente
- Es deber del Estado, la sociedad y la familia, garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente
- no es aplicable a los supuestos en los que menores de 16 años, considerados menores infractores, se vean involucrados en la presunta comisión de delitos, por cuanto en correspondencia con el régimen especial de protección y atención que el Estado y la sociedad deben garantizar a todo niño, niña y adolescente, éstos se hallan bajo la protección y regulación de las disposiciones del Código Niño, Niña y Adolescencia, cuyas normas son de orden público y de aplicación preferente…
- y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna
- pues para los primeros es más ágil y abreviado que para los segundos; sin perder de vista, de la necesidad, en ambos casos, del respeto más riguroso de las garantías constitucionales y legales
- Los plazos son improrrogables y perentorios
- III.3. Las normas de la Ley 348 de 9 de marzo de 2013, aplicables a en los procesos judiciales por hechos de violencia en razón de género y el derecho de acceso a la justicia
- la posibilidad de llegar a la pluralidad de jurisdicciones reconocidas por la Constitución
- regir los hechos de violencia contras las mujeres, disponiendo que las juezas y jueces en todas las materias, fiscales, policías y demás operadores de justicia
- debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer; debida diligencia que, en la labor de investigación
- II.
- otorgar los medios necesarios para afrontar la violencia e inclusive, disponer de los medios económicos necesarios que les permitan cubrir sus propias necesidades y las de sus hijas e hijos
- ARTÍCULO 61. (MINISTERIO PÚBLICO).
- III.4. Análisis del caso concreto
- 30 de agosto de 2018
- no deberá ser mayor a los cuarenta y cinco días, contados a partir de la presentación de la denuncia en sede policial o fiscal
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER
- forma inmediata
- la obligación
- en forma interseccional