SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

II.3.

II.3.    Fotocopia simple del recurso de reposición planteado por Luis Alberto Dips Salvatierra, el 21 de noviembre de 2018, ante el Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia Primero de La Paz, contra la providencia de 18 de octubre igual año “para que se realice la conminatoria y se respete el plazo de investigación”; recurso del que se extraen los siguientes datos: a) El 5 de septiembre de 2018, el Fiscal asignado al caso puso a conocimiento de la autoridad judicial el inicio de las investigaciones; b) Por memorial de 24 de septiembre de 2018, Luis Alberto Dips Salvatierra, -padre del adolescente denunciado-, solicitó control jurisdiccional por vencimiento  del plazo de la etapa de investigación; solicitud que mereció la providencia de 25 de septiembre de 2018, por la cual la autoridad judicial, sostuvo que la solicitud se efectúe conforme a los plazos procesales que el Código Niño Niña y Adolescente dispone c) Mediante memorial de 11 de octubre del indicado año, presentado por el padre del adolescente, se solicitó a través de la autoridad judicial, que el Fiscal  informe sobre irregularidades en la aplicación del Código Niño Niña y Adolescente (fs. 5); disponiendo, la autoridad judicial, por Providencia de 12 de octubre del señalado año, que se ponga en conocimiento al Fiscal de Materia asignado al caso, para que en el plazo de cuarenta y ocho horas informe, que fue notificado al fiscal en la misma fecha; y, d) Por memorial de 16 de octubre de ese mismo año, se solicitó a la autoridad judicial que realice la conminatoria, debido a que se sobrepasaron los plazos de la etapa de investigación de acuerdo al indicado Código Niña, Niño y Adolescente. Mediante Providencia de 18 de octubre de 2018, la autoridad judicial, sostuvo que se solicite conforme a los datos del proceso (fs. 15 a 16 vta.).