SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

III.4.  Análisis del caso concreto

Con carácter previo al análisis de fondo, se debe mencionar que de acuerdo a la jurisprudencia constitucional glosada en el Fundamento Jurídico III.1, de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, este Tribunal, estableció el carácter excepcional respecto a que la observancia del principio de subsidiariedad en la acción de libertad, no resultando aplicable en los supuestos en que se hallen involucrados adolescentes con responsabilidad penal, -comprendidos en la edad de catorce a dieciocho años- quienes se hallan bajo un régimen especial de protección y atención que tanto el Estado como la sociedad deben garantizar.

En tal sentido, corresponde a las autoridades jurisdiccionales, realizar una compulsa de fondo; toda vez que, la protección de derechos fundamentales y garantías constitucionales, en el caso de este grupo vulnerable, no se subordina al cumplimiento o no de requisitos formales ante una evidente lesión de derechos y garantías constitucionales; consiguientemente, no es admisible invocar la causal de subsidiariedad, que en la tramitación de la acción de libertad constituye una excepción a la regla. Por el contrario, corresponde al juez constitucional, ejerciendo su rol de garante de los derechos fundamentales y garantías constitucionales imprimir el respectivo trámite, sin mayor dilación conforme al principio de inmediatez que enviste a esta acción tutelar.

Ahora bien, el objeto procesal en la presente acción de defensa, converge en la denuncia de persecución y procesamiento indebido, ocasionado por la autoridad judicial, que efectuó un inadecuado control jurisdiccional frente a la vulneración de los derechos y garantías denunciados del menor AAA; así como, la dilación indebida, por no conminar al Ministerio Público a emitir requerimiento conclusivo, en cumplimiento del plazo de la etapa investigativa pese a las reiteradas solicitudes que efectuó.