SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

II.3.

II.3.    Las siguientes audiencias fijadas para la consideración de la aplicación de medidas cautelares a los coimputados, también fueron suspendidas:           a) 30 de abril, por estar presente Iván Willy Cuentas Llanque, pero no su defensa técnica (fs. 15 a 16); b) 30 de mayo, por la inasistencia del coimputado referido y de su defensa técnica (fs. 17 a 18); por lo que, se declaró su rebeldía (fs. 19 y 20); c) 28 de junio, encontrándose presente el coimputado anotado, mas no su defensa técnica (fs. 21 a 22);                    d) 25 de julio, por no estar presente la defensa técnica de los imputados, oportunidad en la que, el Juez de la causa, dispuso la notificación del defensor de oficio, siendo “de conocimiento de todos los sujetos procesales que al presente se viene dilatando por una u otra circunstancia” (sic), notificación a realizarse “…a objeto de que asuma la defensa de una de las partes imputadas en caso de que no se encontrasen con su defensa técnica, no pudiendo ser denunciada vulneración alguna al derecho a la defensa…” (sic) -fs. 23 a 24-; y, e) 21 de agosto, por no estar presente el Ministerio Público, encontrándose en dicha oportunidad el mencionado imputado, con su defensa técnica, determinándose como nueva fecha de audiencia, el 31 de agosto de 2018, quedando notificados con dicho nuevo señalamiento, la parte víctima y la defensa técnica del coimputado precitado (fs. 26 a 27).