Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2019-S1
Fecha: 26-Abr-2019
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada disponiendo: a) Que las autoridades demandadas complementen la “resolución” de 4 de junio de 2018 al tenor del art. 123 del CPP, señalando expresamente si su resolución es recurrible; por quiénes y en qué plazo; b) La nulidad del Auto Interlocutorio 178/2018; y, c) El pago de daños, perjuicios y demás consecuencias emergentes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la relevancia constitucional: Jurisprudencia reiterada y nuevo entendimiento complementario
- d) el error o defecto procesal guarde directa relación con la vigencia del objeto procesal; es decir, que su eventual corrección tiene trascendencia procesal y constitucional verificable en un efecto jurídico procesal en la causa principal.
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17