SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2019-S1
Fecha: 26-Abr-2019
elemento congruencia omisiva
Realizada la exposición fáctica precedente, es preciso referirse al objeto procesal planteado en esta acción, mismo que de acuerdo a la demanda converge en una presunta incongruencia omisiva en cuanto al contenido de los puntos de reclamo y a su vez en falta de fundamentación y motivación, todo ello respecto a los riesgos procesales relativos al art. 234.10 y 235.1 del CPP, expuestos como puntos de agravio en la apelación. Al respecto, comprobando los argumentos de agravio deducidos por el hoy peticionante de tutela puestos a consideración de las autoridades demandadas para su resolución, se tienen como primer punto de análisis, que del contenido del Auto de Vista impugnado -supra precisado-, se advierte que en dicho pronunciamiento jurisdiccional, se respondieron a los dos agravios planteados por el prenombrado y que ahora reclama como no resueltos; por lo que, a partir de ello, es posible determinar la congruencia externa del mismo, existiendo la correspondencia o coincidencia necesaria entre los motivos de agravio expuestos por el apelante -ahora accionante- y lo resuelto por las referidas autoridades judiciales quienes razonaron y resolvieron sobre los mismos, conforme se evidencia de la Resolución ahora impugnada, y se detallará a continuación a momento de resolver la motivación y fundamentación de los mismos; consiguientemente, corresponde denegar la tutela solicitada en cuanto a la denuncia de lesión al debido proceso en su elemento congruencia omisiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3
- Fragmento 11
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2.
- i)
- b)
- elemento congruencia omisiva
- verificación constitucional de los elementos de fundamentación y motivación
- CONFIRMAR