Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2019-S1
Fecha: 26-Abr-2019
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido contra Jhonny Freddy Frontanilla Mérida -hoy peticionante de tutela-, por la presunta comisión del delito de “Tentativa de Asesinato Feminicidio”, en audiencia de medidas cautelares, la Jueza de Instrucción Penal Tercera de Quillacollo del departamento de Cochabamba, emitió el Auto Interlocutorio de 13 de septiembre de 2018, disponiendo la detención preventiva del prenombrado, al determinar la concurrencia de la probabilidad de autoría establecida en el art. 233 numerales 1 y 2, así como los peligros de fuga y obstaculización previstos en los arts. 234 numerales 1, 2, 4 y 10; y, 235 numerales 1 y 2, todos del CPP (fs. 12 a 21 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3
- Fragmento 11
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2.
- i)
- b)
- elemento congruencia omisiva
- verificación constitucional de los elementos de fundamentación y motivación
- CONFIRMAR