SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2019-S1

Fecha: 26-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público a denuncia de Hilaria Quenta Tola, por la presunta comisión del delito de “Tentativa de Asesinato Feminicidio”, fue imputado y debido a ello por Resolución de 13 de septiembre de 2018, se ordenó su detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pablo de Quillacollo del departamento de Cochabamba, por la supuesta concurrencia de los presupuestos establecidos en los arts. 233.1 y 2; y, 234 numerales 1, 2, 4, 10 y 235.1 y 2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), consecuentemente frente a esa gravosa decisión judicial formuló recurso de apelación incidental emitiéndose el Auto de Vista de 8 de octubre del citado año, que declaró procedente en parte la impugnación planteada pero concurrentes los presupuestos domicilio y trabajo, por tanto persistentes los riesgos previstos en los arts. 234 numerales 1, 2 y 10; y, 235.1 y 2 del CPP.

Agrega, que de haberse procedido a realizar una correcta fundamentación y valoración de elementos probatorios por parte de las autoridades demandadas respecto a los riesgos procesales, algunos de ellos estarían desvirtuados y consecuentemente, bajo el régimen de excepcionalidad de aplicación de medidas cautelares, se hubieran aplicado otras medidas restrictivas de libertad menos gravosas como las previstas en el art. 240 del CPP, ordenando incluso su inmediata libertad, habida cuenta que se apeló una Resolución de aplicación de medidas cautelares y no así una cesación de la detención preventiva.