SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2019-S4

Fecha: 25-Abr-2019

denegar

La Jueza Pública Civil y Comercial Tercera en suplencia legal de su similar Segunda ambas del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 4 de 1 de octubre de 2018, cursante de fs. 1687 vta. a 1696 vta., determinó denegar la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) La acción de amparo constitucional fue dirigida contra el Tribunal Arbitral de la CAINCO de Santa Cruz, siendo que la Resolución impugnada fue emitida y firmada por Laura Andrea Zalazar Melgar, Directora Ejecutiva a.i. del CCAC-CAINCO, existiendo falta de legitimación pasiva parcial, teniendo en cuenta que el Tribunal demandado firmó el Auto 1 Arbitraje 324 que también fue impugnado; ii) Si bien el art. 81.II de la Ley de Conciliación y Arbitraje, faculta la interposición de la excepción de incompetencia aunque la parte excepcionista hubiera designado árbitro o participado de su designación; los accionantes, no solo participaron en la sesión preparatoria de arbitraje, sino también, en la Audiencia de instalación del Tribunal Arbitral y además, hicieron conocer su voluntad de someterse al proceso, ello conforme al punto 3.8.14 de la Cláusula Tercera, e inclusive, sus apoderados contaban con poder para asumir defensa, demostrándose claramente, el reconocimiento de la jurisdicción y competencia del Tribunal Arbitral, por lo que no pueden desconocer dicho proceso luego de haberlo consentido, debido a que la acción de amparo constitucional, no procede contra actos libremente consentidos; y, iii) En relación al Auto 1 Arbitraje 324, contiene motivación y fundamentación razonable y su estructura general tiene coherencia, así como las citas legales que sustentan las determinaciones adoptadas, de manera que los demandados no incurrieron en ningún acto ilegal u omisión que amerite conceder la tutela solicitada.