Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
II.2.
II.2. El 28 de marzo de 2018, Jorge Eduardo Baldivieso Velasco, solicitó al CCAC-CAINCO de Santa Cruz, el inicio de un proceso arbitral en contra de los peticionantes de tutela, de conformidad con el Reglamento de Procedimiento Arbitral de dicho Centro y a la Ley de Conciliación y Arbitraje, sobre la base del punto 3.8.14 de la Cláusula Tercera del contrato de garantía de inversiones de 10 de junio de 2013, por haber surgido graves desavenencias en el seno de cada una de las sociedades por incumplimiento de los demandados (fs. 35 a 37).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.11.
- III.1.
- III.2. La legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- si esta omisión se manifiesta en curso de revisión surgen situaciones que imposibilitan ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada; por una parte, por las consecuencias que ocasiona la resolución constitucional y por otra, porque una acción de defensa de derechos fundamentales no puede ser resuelta soslayando los derechos de otro, como es el derecho de defensa de la autoridad o particular que presuntamente ocasionó la lesión que motiva la acción tutelar
- III.3. La
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR