SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2019-S4

Fecha: 25-Abr-2019

a)

Los impetrantes de tutela en audiencia a través de su abogado, ratificó los argumentos de su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo manifestó que: a) La denuncia fue realizada por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda del Estado Plurinacional, ni siquiera por el Director de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre de Santa Cruz, quien fue el que firmó la respuesta a solicitud de modificación de frecuencias; b) El Ministerio Público inmediatamente los imputó por los delitos de “falsedad ideológica y falsedad ideológica” (sic), la cual consta en es una sola hoja; c) Se le pidió a la Jueza que, primero: Califique si esos documentos son públicos o privados; y, segundo: Se le aplíque el AS 055/2014, que señala que no se puede sancionar al mismo sujeto como autor de un delito de falsedad como también de uso; d) El delito de uso de instrumento falsificado es castigado pero es también para el tercero no para la misma persona que forjó el documento, incurriendo en falsedad; e) Ante el rechazó del incidente de nulidad, interpusieron apelación incidental; y, posteriormente los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz expresaron que el Ministerio Público tiene atribuciones para calificar provisionalmente el hecho; y, f) En materia penal falsedad es cuando se altera el documento, empero del documento original no se alteró nada.