Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2019-S3
Fecha: 30-Abr-2019
2º Disponer
2º Disponer, la restitución del inmueble “SEDE SOCIAL DEL EMPLEADO MUNICIPAL” a las Asociaciones de trabajadores y extrabajadores municipales de la Paz, dentro del tercero día de la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional al demandado, sea bajo inventario notariado sobre el estado de los bienes, debiendo retirar los letreros de “propiedad municipal”, en tanto no exista una resolución judicial ejecutoriada que resuelva el conflicto sobre derecho propietario.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE LA PAZ-SECTOR ACTIVO
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho y la tutela de los derechos fundamentales
- las vías de hecho se definen como el acto o los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos, contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia, afectando así derechos fundamentales reconocidos por el bloque de constitucionalidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2º Disponer