Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2019-S3
Fecha: 30-Abr-2019
acción de
En revisión la Resolución 24/2018 de 12 de octubre, cursante de fs. 255 a 259 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por la Asociación de Jubilados y Rentistas Municipales de La Paz representada por Abdón Ramiro Ramos Medrano, Presidente; Antonio Uzeda Avalos, Secretario General y Eloy Durán, Secretario de Hacienda contra Luis Antonio Revilla Herrero, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE LA PAZ-SECTOR ACTIVO
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho y la tutela de los derechos fundamentales
- las vías de hecho se definen como el acto o los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos, contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia, afectando así derechos fundamentales reconocidos por el bloque de constitucionalidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2º Disponer