Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0217/2019-S3
Fecha: 30-Abr-2019
II.2.
II.2. El 27 de marzo de 2018, Abdón Ramiro Ramos Medrano, Antonio Uzeda Avalos y Eloy Durán en representación de la Asociación de Jubilados y Rentistas Municipales de La Paz, presentaron querella penal contra Luis Antonio Revilla Herrero y otros, por la presunta comisión del delito de avasallamiento previsto en el art. 351 con la agravación -víctimas adultas mayores-, establecidas en el art. 345 del CP, la cual, previas las actuaciones pertinentes mereció la Resolución de Rechazo 1512/2018 de 10 de agosto, que fue impugnada por los ahora accionantes el 23 del mes y año señalados (fs. 28 a 32 vta. y 34 a 43).
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE LA PAZ-SECTOR ACTIVO
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las medidas de hecho y la tutela de los derechos fundamentales
- las vías de hecho se definen como el acto o los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos, contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia, afectando así derechos fundamentales reconocidos por el bloque de constitucionalidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2º Disponer