DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2019
Fecha: 16-May-2019
Fragmento 13
Ahora bien, realizada la aclaración precedente y de conformidad con el fundamento jurídico descrito anteriormente, corresponde al presente caso aplicar el entendimiento jurisprudencial asumido en el AC 0339/2018-CA, incumbiendo a este Tribunal Constitucional Plurinacional, verificar con carácter previo a realizar algún análisis, si la consulta de constitucionalidad del proyecto de Ley “PL 050-17 CS Ley de Prohibición para que Familiares que tengan vínculo de parentesco con altas autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia, no desempeñen funciones públicas en institucionales del Estado” suscitado por Álvaro Marcelo García Linera, Vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, se encuentra dentro de los presupuestos que hagan posible su contrastación con las normas de la Constitución Política del Estado.
- Departamento: La Paz
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- Art. 4° (PROHIBICIÓN)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- 1)
- por objeto confrontar el texto de dicho Proyecto con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional
- es de cumplimiento obligatorio
- impedirá su aprobación; y en caso de que esa inconstitucionalidad sea parcial, obligará a dicho Órgano a adecuar los términos o eliminar las normas observadas.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. Examen de constitucionalidad
- IMPROCEDENTE
- CORRESPONDE A LA DCP 0037/2019 (viene de la pág. 8).