DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2019
Fecha: 16-May-2019
I.2. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por AC 0203/2017-CA de 6 de julio, cursante de fs. 29 a 31, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, admitió la consulta sobre la constitucionalidad del proyecto de ley “PL 050-17 CS -denominado- Ley de Prohibición para que familiares que tengan vínculo de parentesco con Altas Autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia, no desempeñen funciones públicas en instituciones del Estado”, ordenando se proceda al correspondiente sorteo, de acuerdo a lo establecido por el art. 114 del CPCo.
Por decreto constitucional de 29 de diciembre de 2017, la Comisión de Admisión dispuso que en mérito a la Nota Interna TCP-SG-540/2017, se resguarde el expediente en esa dependencia hasta que las nuevas Magistradas y Magistrados de este Tribunal dispongan lo que corresponda (fs. 42), habiéndose procedido al respectivo sorteo el 30 de enero de 2018 (fs. 44).
Por decreto constitucional de 15 de marzo de 2018, se dispuso la suspensión de plazo a objeto de recabar la documentación complementaria (fs. 45); reanudándose el computo de plazo por proveído constitucional de 13 de mayo de 2019 (fs. 60), por lo que la presente Declaración Constitucional Plurinacional se pronuncia dentro del término legal establecido.
- Departamento: La Paz
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- Art. 4° (PROHIBICIÓN)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- 1)
- por objeto confrontar el texto de dicho Proyecto con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional
- es de cumplimiento obligatorio
- impedirá su aprobación; y en caso de que esa inconstitucionalidad sea parcial, obligará a dicho Órgano a adecuar los términos o eliminar las normas observadas.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. Examen de constitucionalidad
- IMPROCEDENTE
- CORRESPONDE A LA DCP 0037/2019 (viene de la pág. 8).