CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 20/2018 de 27 de diciembre, cursante de fs. 97 a 100 y el Auto Complementario de idéntica fecha (fs. 100), pronunciados por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Oruro, y en consecuencia:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el art. 251 del CPP
- debiendo el tribunal de apelación resolver el recurso, sin más trámite y en audiencia dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones
- tres días
- III.2. Análisis del caso concreto
- 8 de enero de 2019
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