SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Jacqueline Cecilia Rada Arana, Vocal de la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante informe escrito cursante a fs. 281 y vta., manifestó que, su persona fue designada como Vocal del referido Tribunal de Justicia el “20 de julio de la presente gestión” -lo correcto es 20 de julio de 2017- y por Sala Plena de “25 de julio”, se le designó como Presidenta de la señalada Sala; en consecuencia, no pronunció ni suscribió el Auto de Vista 20/2017, emitido dentro del proceso civil ordinario seguido por Maritza Amalia Terán Coaretti contra Olga Mamani Chuquimia, sobre mejor derecho propietario y reivindicación, que a la fecha se encuentra radicado en el Juzgado Público Civil y Comercial Quinto de La Paz, por lo que solicita que se tenga en cuenta que la presente acción de amparo constitucional está dirigida en el fondo, contra los anteriores Vocales de la nombrada Sala Civil y Comercial Tercera.