Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2019-S1
Fecha: 07-May-2019
I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
A partir de la notificación con el proveído de 2 de julio de 2018, se reanudó dicho plazo (fs. 324), por lo que la presente Sentencia Constitucional Plurinacional es pronunciada dentro de plazo; asimismo, al no haber obtenido consenso en Sala para el respectivo pronunciamiento, de conformidad al art. 30.I.6 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), se procedió a convocar al Presidente de este Tribunal a fin de dirimir con su voto el caso en análisis.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Sobre la revisión de la actividad interpretativa desarrollada por otros Tribunales
- Fragmento 16
- III.2. La configuración constitucional de la acción de amparo constitucional
- el 21 de septiembre, subsanada el 16 de octubre
- 17 de octubre de 2017, hasta la audiencia efectuada el 2 de febrero de 2018, trascurrieron 3 meses y 16 días
- CONFIRMAR