SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

denegó

La Jueza Pública Civil y Comercial Segunda del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, a través Resolución 11/2018 de 24 de octubre, cursante de fs. 282 a 284, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) El accionante manifestó que de conformidad a lo previsto por la RM 014/10, se hallaba facultado para renunciar al recurso de revocatoria, por lo que, planteó directamente el recurso  jerárquico que fue remitido ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social que, mediante nota D.M.T.E.P.S 1116/18 de 20 de septiembre de 2018, devolvió el mismo sustentándose en el fundamento contenido en el Informe MTEPS/VMESCyCOOP/DGSC/293/2018 29 de agosto, que estableció que el impetrante de tutela no era un servidor público designado, de libre nombramiento, de carrera o interino, por lo que no le asistía el derecho a objetar las acciones del Régimen laboral, habiendo en consecuencia, errado el medio de impugnación, siendo que tenía expeditos los recursos de revocatoria y jerárquico para la definición de su situación jurídica; consecuentemente, el solicitante de tutela, al equivocar la técnica recursiva, inobservó el principio de subsidiariedad que rige a la presente acción de defensa e incurrió en una causal de improcedencia reglada de la misma; y, b) Sin perjuicio de lo antes señalado, el accionante no cumplió con la legitimación pasiva al identificar como demandado a René Óscar Martínez Callahuanca, Director General Ejecutivo del SENAPE, cuando, quien conoció y resolvió el recurso jerárquico planteado por su parte, fue el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a quien no demandó.