SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

segundo punto

En cuanto al segundo punto demandado por el cual la parte accionante denuncia que por RA SD-ABT-DDCB-PAS-1652/2013, se sanciona a su persona mas no a la empresa LAFAR SRL con el decomiso definitivo del producto forestal, además de una multa exorbitante que no se encuentra conforme a derecho, siendo lo peor que la referida multa doble no está prevista para la infracción de “almacenamiento ilegal”; es decir, que el decomiso de marras se efectuó cuando aún no se encontraba vigente la norma reglamentaria, lo cual vulneró el art. 123 de la CPE; toda vez que, el art. 96.I.II del DS 24453, regula e impone sanciones con el doble de multa y clausura de establecimientos por diez días, únicamente a las infracciones de procesamiento, industrialización y comercialización ilegal, las mismas que no fueron endilgadas en el Auto de apertura de procesamiento; si bien la tipificación puede ser flexible pero no como para facultar la creación de figuras nuevas como el “almacenamiento ilegal” y luego sancionar por otras infracciones ajenas al citado Auto.

Al respecto, las autoridades demandadas al igual que en el primer punto señalado, sólo se circunscribieron a manifestar que el reclamo de la imposición no prevista por la norma y la falta de tipicidad, ya fueron objeto de análisis en la Sentencia Nacional Agroambiental S2ª 90/2016; es decir, que nuevamente se remitieron a los fundamentos de un anterior fallo que resuelve dejar sin efecto otra Resolución Ministerial; sin que para ello, se establezcan los motivos, razones y un sustento legal o jurisprudencial aplicable al caso que permita efectuar ese tipo de argumentación y en qué casos es posible tan solo remitirse a una resolución ya emitida anteriormente en otro proceso contencioso administrativo interpuesto contra otro fallo que fue anulada y que en consecuencia se emitió otra distinta que es objeto de la presente que mereció la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a 23/2018 ahora cuestionada.