Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2019-S4
Fecha: 09-May-2019
II.2.
II.2. La Sentencia Disciplinaria 66/2017 de 14 de julio de 2017, pronunciada por Rubén Gustavo Coca Muñoz, Juez Disciplinario Primero del Consejo de la Magistratura –ahora demandado–, quien declaró probada la denuncia disciplinaria, argumentando la inexistencia de prueba suficiente que generó convicción respecto a la comisión de la falta disciplinaria grave, conforme dispone el art. 187 incs. 9 y 14 de la LOJ, sancionándola con suspensión de tres meses en el ejercicio de sus funciones sea sin goce de haberes, en aplicación del art. 208.II del citado cuerpo legal (fs. 13 a 18 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- fundamentación
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- Fragmento 16
- CONFIRMAR