SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

Fragmento 18

         La Jueza de control jurisdiccional ante la reiterada solicitud de desarraigo u autorización temporal de viaje a su país de origen, por Auto de 30 de noviembre de 2018, admitió dicha petición por el tiempo solicitado –28 de noviembre 2018 al 20 de enero de 2019– y una vez vencido el plazo “deberá apersonarse” ante el Juzgado, todo de conformidad con los       arts. 7 y 22 del CPP, disponiendo además expedir oficio a la DIGEMIG al objeto impetrado. Asimismo, a efectos de materializar la ejecución del “presente auto” determinó que el imputado acredite dos garantes solventes, el mismo que previa verificación de domicilios y solvencia, se comprometan a “presentarla” en caso de incumplir el plazo previsto, caso contrario pagar cada uno de los garantes el monto de Bs50 000.- para la captura y gastos procesales (Conclusión II.5).