SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

si PROCEDERIA O NO lo ordenado por el juzgado

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión de los delitos de homicidio y otros, a raíz de la cesación de la detención preventiva y la consecuente aplicación de medidas sustitutivas como la detención domiciliaria con escolta, fianza y otros, se expidió mandamiento de libertad que fue entregado el 21 de diciembre de 2018 al funcionario policial dependiente del Comando Departamental de la Policía Boliviana de Cochabamba; empero, hasta el presente -se entiende a la interposición de la acción de defensa- aún continúa con detención, debido a que en un inicio los nombrados funcionarios policiales se rehusaron cumplir con lo ordenado, bajo el argumento de que previamente debe remitirse al Comando Regional de la Policía de Quillacollo del aludido departamento, por encontrarse su domicilio en dicha jurisdicción, remitiendo los antecedentes a la referida jurisdicción el 22 del citado mes y año a horas 10:20; contactado el Comandante de esa institución, el mismo se negó a realizar cualquier acto por ser sábado y que debía esperar hasta el lunes para poner en conocimiento del Asesor Legal, quien al parecer debía realizar un informe y posteriormente “…ver si PROCEDERIA O NO lo ordenado por el juzgado…” (sic), además de verificarse el domicilio y otros temas dilatorios que incumplen lo determinado en la vía judicial, encontrándose ilegalmente detenido puesto que los demandados no pueden revisar o analizar los actos jurisdiccionales, sino que deben cumplir lo ordenado sin demora.