Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2019-S1
Fecha: 07-May-2019
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada, ordenando: a) El cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/CONM 073/2018; y, en consecuencia se disponga su inmediata reincorporación a su fuente laboral, al mismo cargo que ocupaba antes de su despido, más el pago de sueldos devengados y por devengarse así como “…al reconocimiento, cumplimiento y restitución de todos mis derechos que me corresponden” (sic); y, b) El pago de costas judiciales y reparación de daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- CONTEMPLA
- RECONOCIMIENTO A MI PERSONALIDAD, CAPACIDAD Y DIGNIDAD
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Presupuestos que deben observar de la conminatoria de reincorporación laboral dentro la acción de amparo constitucional
- emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas
- laboral, así por ejemplo cuando se trate de la finalización de un contrato de trabajo a plazo fijo
- CONFIRMAR en parte