SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2019-S4

Fecha: 16-May-2019

3.

En dicho procedimiento se advierten dos circunstancias disímiles; una, en caso de que sea recusado un juez unipersonal, quien una vez rechace la pretensión, debe elevar antecedentes a la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia dentro de las veinticuatro horas de promovida la recusación, acompañando el escrito de interposición junto con su decisión fundamentada, sin suspender el proceso, a partir de lo cual se detalla el procedimiento en cuanto a su resolución.