SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2019-S1
Fecha: 22-May-2019
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Joel Crespo Suarez -hoy accionante-, por la presunta comisión del delito de transporte de sustancias controladas, el Juez de Ejecución Penal Cuarto del departamento de La Paz, de turno por vacación judicial, emitió el Auto de 21 de diciembre de 2018, concediendo la detención domiciliaria temporal a favor del nombrado, por el lapso de dos años y sin escolta; disponiendo se expida el mandamiento de traslado al domicilio real ubicado en la Calle Bolívar s/n de la localidad de Inquisivi, provincia Inquisivi del mismo departamento, siempre que no esté detenido o condenado por otra causa (fs. 4), cuyo mandamiento fue librado el 28 de igual mes y año, constando cargo de recepción en el Centro Penitenciario San Pedro del departamento de La Paz en la misma fecha a horas 14:43 (fs. 3).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- como primer punto se señaló que los encargados de recintos penitenciarios de manera previa a la ejecución del mandamiento de libertad deben verificar si en el file de la persona privada de libertad no existe otro mandamiento que restrinja el derecho a la libertad y segundo, deben verificar si el mandamiento presentado es auténtico
- concesión de la detención domiciliaria de un condenado dentro de los alcances de los arts. 196 y 198 de la LEPS
- III.2. Análisis del caso concreto
- Mandamiento de Traslado Para Detención Domiciliaria Temporal
- CONFIRMAR