Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2019-S4
Fecha: 22-May-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 1/2018 de 15 de noviembre, cursante de fs. 236 vta. a 241, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Gabriela Lourdes Ontiveros Colque, Directora Técnica del Servicio Departamental de Caminos (SEDECA) Potosí contra Amada Tania Torricos Ramírez, Responsable Departamental de Recursos de Alzada de Potosí dependiente de la Secretaría de Cámara Regional de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) Chuquisaca.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. La motivación y la fundamentación como elementos del debido proceso y la relevancia constitucional
- deberá analizarse la incidencia de dicho acto supuestamente ilegal en la resolución que se está cuestionando a través de la acción de amparo constitucional; pues, si no tiene efecto modificatorio en el fondo de la decisión, la tutela concedida por este Tribunal únicamente tendría como efecto el que se pronuncie una nueva resolución con el mismo resultado
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17