Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2019-S2
Fecha: 24-May-2019
II.4.
II.4. En apelación incidental, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunciaron el Auto de Vista 130/2015 de 19 de agosto, por el cual, declararon improcedente el referido recurso planteado por Leonardo Alavi Condori y en consecuencia confirmaron la Resolución 596/2014 (fs. 26 a 27).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II
- que no exista otro medio o recurso legal, para la protección inmediata de los derechos y garantías, restringidos, suprimidos o amenazados
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.2. Análisis del caso concreto