SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2019-S1

Fecha: 22-May-2019

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Con relación a este punto de reclamo, se debe señalar que, de la revisión de la Resolución 379/2018, emitida por los Vocales demandados  y conforme el análisis precedentemente efectuado, se advierte que dichas autoridades circunscribieron su fallo al establecer la concurrencia de los requisitos instituidos por la norma procesal penal a objeto de confirmar la detención preventiva del impetrante de tutela, sin que en momento alguno realizaran una argumentación que dé a entender que el peticionante de tutela sería la persona que cometió el ilícito endilgado para entenderse por quebrantada la presunción de inocencia, misma que se mantiene subsistente hasta la dictación de una sentencia condenatoria, aclarándose al accionante, que el hecho de imponerse la medida cautelar no implica por sí el asumir determinada convicción sobre la culpabilidad o inocencia del imputado, ello en razón al carácter instrumental de las medidas cautelares y al cual responde el Auto de Vista impugnado, en el que los demandados  circunscribieron su pronunciamiento a determinar si evidentemente la Resolución de medidas cautelares constituyó que se contaban con los suficientes indicios para fundar la posible participación del nombrado en los hechos investigados (art. 233.1 del CPP) y si la decisión de imponer la medida cautelar de detención preventiva fue debidamente sustentada en la concurrencia de riesgos procesales que no fueron desvirtuados por la defensa (art. 233.2 del citado código); contexto bajo el cual, también corresponde la denegatoria de la tutela solicitada sobre este punto de reclamo.