SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0288/2019-S4
Fecha: 29-May-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración a sus derechos y garantías reclamados; toda vez que, el sistema informático habilitado a objeto de registrar las postulaciones a la Convocatoria Pública a Examen de Suficiencia Para Postulantes a Despachantes de Aduana, señalando erradamente la existencia de un adeudo tributario ejecutoriado pendiente de pago, le impidió indebidamente culminar su registro, por lo que reclamó ante los demandados, miembros del Tribunal Examinador del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas del Estado Plurinacional de Bolivia, quienes en apartamiento de las fases de la Convocatoria, sin norma que se los permita, sin un previo debido proceso ni darle la oportunidad de presentar prueba que enerve la observación; determinaron rechazar sus reclamos, bajo el errado argumento de que la habilitación al examen es previo al cumplimiento de los requisitos establecidos, siendo que en casos similares permitieron el ingreso y posterior subsanación de observaciones; hechos que le impiden seguir trabajando y corre riesgo de no renovar su licencia y ser dado de baja como usuario del sistema de aduana.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- . 53.2 del CPCo
- por lo que si estaba en desacuerdo con tales requisitos debió impugnar la Convocatoria
- III.3. Análisis del caso concreto
- cumplimiento obligatorio por los miembros del Tribunal Examinador, postulantes al examen de suficiencia
- Lugar y forma:
- CONFIRMAR