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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2019-S2

    Fecha: 29-May-2019

    Fragmento 14

               En cuanto al intitulado, la SCP 1369/2013 de 16 de agosto, en un análisis del debido proceso y de los elementos que lo componen, estableció que: “El debido proceso entendido también como la tutela judicial efectiva comprende a su vez una serie de derechos, entre ellos el derecho a la defensa, al asesoramiento de un abogado, ejecución de las sentencias, acceso a la justicia, etc.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • i)
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Del derecho a una resolución fundamentada, motivada y     congruente
    • Fragmento 10
    • Fragmento 11
    • la exigencia de la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso, no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, al contrario,
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • Fragmento 15
    • III.3.  Sobre el derecho de acceso a la justicia, derivado del debido proceso
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • “1)
    • Si lo ratifica, dispondrá la conclusión del proceso con relación al imputado en cuyo favor se dictó, la cesación de las medidas cautelares y la cancelación de sus antecedentes penales
    • CONFIRMAR

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