SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2019-S2
Fecha: 29-May-2019
I.2.1. Ratificación de la acción
La accionante mediante su abogado, ratificó in extenso los argumentos contenidos en la demanda tutelar; resaltando que el hecho que fue denunciado por su defendida en sede penal, fue sobreseído, motivando que quede como inexistente, sin considerar la persistencia del delito por cuanto las personas ingresaron y golpearon a su clienta incluso dentro del inmueble; no habiéndose valorado debidamente las pruebas cursantes en el expediente. De otro lado, indicó que no se consideró tampoco que su clienta se encuentra dentro de un grupo de protección especial, al ser una persona con discapacidad y además adulta mayor. Finalmente, solicitó conceder la tutela a fin que la actual autoridad Fiscal Departamental demandada, emita una nueva resolución jerárquica, motivada y fundamentada, imputando a los denunciados, al existir suficientes elementos de convicción para determinar su autoría respecto a los delitos de lesiones graves y leves, allanamiento de domicilio y sus dependencias.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- i)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del derecho a una resolución fundamentada, motivada y congruente
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- la exigencia de la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso, no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, al contrario,
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3. Sobre el derecho de acceso a la justicia, derivado del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- “1)
- Si lo ratifica, dispondrá la conclusión del proceso con relación al imputado en cuyo favor se dictó, la cesación de las medidas cautelares y la cancelación de sus antecedentes penales
- CONFIRMAR