SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0308/2019-S2
Fecha: 29-May-2019
III.4. Análisis del caso concreto
Lo expuesto en los Fundamentos Jurídicos precedentes, es aplicable a la problemática de exégesis, en la que la accionante denuncia la vulneración de sus derechos de acceso a la justicia, al debido proceso, en sus elementos de fundamentación y motivación, así como el principio a la seguridad jurídica; conforme a los hechos fácticos debidamente precisados en el apartado correspondiente.
En ese marco, corresponde precisar primeramente que, el sobreseimiento (que proviene del latín supercedere, "desistir de la pretensión que se tenía") es un tipo de resolución judicial que dicta una autoridad competente, suspendiendo un proceso por falta de causas que justifiquen la acción de la justicia; en consecuencia, al ver la falta de pruebas o ciertos presupuestos, no se entra a conocer del fondo del asunto o sencillamente se abstiene de seguirlo haciendo, se evita llegar hasta el juicio cuando por la investigación realizada se deduce que el resultado final va a ser la absolución, motivando el cierre del proceso de forma definitiva e irrevocable respecto a esa persona.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- i)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del derecho a una resolución fundamentada, motivada y congruente
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- la exigencia de la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso, no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, al contrario,
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3. Sobre el derecho de acceso a la justicia, derivado del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- “1)
- Si lo ratifica, dispondrá la conclusión del proceso con relación al imputado en cuyo favor se dictó, la cesación de las medidas cautelares y la cancelación de sus antecedentes penales
- CONFIRMAR