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    PLURINACIONAL 0323/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    PLURINACIONAL 0323/2019-S1

    Fecha: 06-Jun-2019

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Informe de las autoridades demandadas
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.  Por oficio 96/2019 de 16 de enero
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • 1)
    • Conforme las normas constitucionales que disciplinan la acción de libertad (art. 125 y ss. de la CPE), la única
    • a) De orden procesal.
    • b) De orden sustantivo.
    • aclarar
    • es decir retiró su acción, el mismo día de la audiencia pública, o lo que es lo mismo después de su señalamiento,
    • II.
    • I.
    • III.3.  El principio de celeridad en la administración de justicia
    • III.4.1. Respecto a la
    • la Jueza titular del citado juzgado mediante Resolución 580/2018 de 9 de noviembre
    • La o el Juez que se excuse, remitirá en el día la causa a la o el Juez que deba reemplazarlo, quien asumirá conocimiento del proceso inmediatamente y proseguirá su curso sin interrupción de actuaciones y audiencias
    • una vez efectuada la excusa, la Jueza ahora demandada, no remitió la causa al siguiente en número dentro del plazo establecido en el art. 318 del CPP
    • III.4.2. Respecto a la Fiscal de Materia y al Investigador    asignado al caso
    • 2°  CONCEDER

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