SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2019-S1

Fecha: 06-Jun-2019

i)

Adriana Bortolini Alcocer y Hanz Wily Baldelomar Bortolini, en audiencia a través de su abogado refirieron que: i) El padre de la hoy impetrante de tutela, les inició proceso penal por estafa, cuando el negocio de Ferretería no es del esposo de la nombrada sino de su hermano, lo cual en su momento fue demostrado; ii) El matrimonio duró siete meses y luego del divorcio lo que busca es adueñarse del negocio familiar; y, iii)  En su memorial de 12 de septiembre de 2016, se acompañó prueba de reciente obtención como el documento privado de 5 de julio de 2013, en el que se hace ver que el padre de la peticionante de tutela habría prestado dinero, y durante todo este tiempo no fue exigido para su devolución, indicando posteriormente que habría sido engañada al haber depositado el 31 de diciembre $us9 000.-; sin embargo, se debe considerar que como Jueza de garantías, no puede ingresar a valorar las pruebas que fueron ofrecidas en los procesos ordinarios de divorcio y división de bienes, pudiendo igualmente dentro de esos procesos interponer “el recurso de casación” y al no haberlo activado perdió la oportunidad de reclamar y denunciar los  hechos vulnerados.