SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2019-S1

Fecha: 05-Jun-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La FEDEMAJU-S.C.  “…Tiene un periodo de funciones que da inicio el 6 de junio del año 2016 y culmina el 6 de junio del año 2018…” (sic); empero, para consolidar la prórroga del periodo de funciones del directorio encabezado por Mirtha Peredo de Chalar -hoy demandada-, convocó a un Congreso Departamental -con el objeto de redactar un nuevo estatuto-, sin la participación de los delegados de base que debieron ser elegidos en Asamblea General de acuerdo a lo establecido por el        art. 10 del Estatuto Orgánico de la FEDEMAJU-S.C., ni con la intervención de un delegado miembro del Tribunal de Honor y Disciplina Sindical (THDIS), situación que conllevó que el referido Congreso no tenga representatividad ni representación legal.