Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2019-S1
Fecha: 05-Jun-2019
II.2.
II.2. Mediante nota de 28 de abril de 2018, Adriana Rosado de Quintanilla, Olga Zambrana de Villarroel y Eyda Núñez Viera -ahora accionantes-, solicitaron a Mirtha Peredo de Chalar -hoy demandada- copias legalizadas de las actas de la asamblea ordinaria por las cuales se convocó al II Congreso Departamental Orgánico y Ordinario de las y los maestros jubilados de Santa Cruz, de la elección o designación de los delegados de base, y del referido congreso “…se acredite la modificación de nuestros estatutos…” (sic), así como de la resolución; por el cual, se hubiera determinado prorroga por un periodo al directorio FEDEMAJU-S.C. presidido por Mirtha Peredo del Chalar. (fs. 86 a 87 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- AMPLIAR EL MANDATO DE LA ACTUAL EJECUTIVA Y SU DIRECTORIO
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa al derecho de petición y los requisitos para ser tutelado
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 2º DENEGAR en parte