SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2019-S1
Fecha: 24-Jun-2019
II.2.
II.2. Mediante Sentencia Agroambiental Nacional S2ª 38/2017 de 12 de abril, la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, declaró probada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por César Leonardo Álvarez, en representación de Amanda Margarita El Hage de Sandifor, dejando sin efecto la RS 11902, anulando antecedentes “hasta fs. 908” inclusive; vale decir, hasta la carta de citación con el inicio de las pericias de campo a efectos que el INRA reencause el proceso de saneamiento respecto a las resoluciones inexistentes en “antecedentes” que fue el origen de todas las irregularidades, dejando plenamente establecido que están viciados “todos los actuados” en razón a que no se puede concluir un proceso en base a supuestos, disponiendo citar a los propietarios, beneficiarios y sub adquirentes y colindantes del predio Los Junos argumentando entre otros aspectos que: 1) No se logró encontrar la Resolución Determinativa del “Polígono 155” en el cual se encuentran el predio Los Junos; 2) Si bien a “fs. 2284” cursa una Resolución Determinativa la misma corresponde al proceso se saneamiento del “Polígono 133”; 3) La secuencia procesal del saneamiento guarda relación con la ubicación de la Resolución Determinativa cursante a “fs. 2284” a la que hace referencia el INRA; 4) No existe el documento de aprobación de inicio de proceso de saneamiento por el Director Nacional del INRA; 5) Tampoco cursa informe técnico ni legal infringiéndose de esta manera el art. 158 del DS 25763; 6) No se notificó de forma individual a los propietarios, poseedores y sub adquirentes; 7) El INRA no valoró la documentación presentada por Amanda Margarita El Hage de Sandifor, ni los expedientes agrarios a los que refiere su derecho propietario; y, 8) La carencia de la documentación respaldatoria en el proceso de saneamiento llevado a cabo por el INRA vulneró los derechos al debido proceso y a la defensa que son de cumplimiento inexcusable (fs. 10 a 22 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ORIGEN DE TODAS LAS IRREGULARIDADES
- a)
- DDSC-R.E-INF. N° 1006/2018 DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2018
- INRA
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Actuación previa
- 1)
- i)
- concedió
- HA LUGAR
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo