SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2019-S1
Fecha: 24-Jun-2019
II.8.
II.8. Por Informe Legal JRLL-SCE-INF-SAN 588/2018 de 31 de agosto, de Marcela Toco Dorado, Profesional II Jurídico, vía Palmenia Francisca Poma Marca y Nadiezhda Vargas Espinoza, Jefe Regional Llanos y Supervisor Jurídico, respectivamente, a Aldo Alex Castro Quevedo, Director General de Saneamiento, todos de la Dirección Nacional del INRA, respecto al reclamo formulado por la ahora coaccionante en relación del predio San Juanito sobre la conclusión arribada en el Informe Legal DDSC-R.E.-INF 1006/2018 -negativa de cumplimiento a la Sentencia Agroambiental Nacional S2ª 38/2017- indica que Lidia Margoth El Hage Mojica mediante Testimonio 333/2010 de Escritura Pública de Transferencias de Parcelas de Terreno y Fusión suscrito el 10 de agosto de 2010 transfirió el citado predio denominado San Juanito en la superficie de 2012.6850 ha, cuyo expediente agrario está signado como 58439 en favor de la colonia menonita Riva Palacio El Dorado, representado por Johan Peters Friessen y Peter Harder Wieler, aspecto que está reflejado en la RS 11902 en el entendido que dicha Resolución no toma al predio San Juanito como parte de proceso de saneamiento, por lo que no corresponde atender la solicitud de cumplimiento de la referida Sentencia Agroambiental Nacional (fs. 59 a 62).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ORIGEN DE TODAS LAS IRREGULARIDADES
- a)
- DDSC-R.E-INF. N° 1006/2018 DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2018
- INRA
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Actuación previa
- 1)
- i)
- concedió
- HA LUGAR
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo