SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0466/2019-S1
Fecha: 24-Jun-2019
1)
La accionante por intermedio de su abogado, ratificó in extenso los fundamentos expuestos en su demanda de acción de amparo constitucional, y ampliándolos mencionó que: 1) Fueron vulnerados los derechos al debido proceso en sus elementos legalidad, fundamentación y motivación, y, a la defensa, por los demandados que sustanciaron el Proceso Administrativo Interno 003/2017, quienes se apartaron de la normativa específica, del Reglamento de Procesos Administrativos Internos de 27 de abril de 2011, asimismo del Reglamento Interno de Personal, que establecen las faltas y sanciones en sus arts. 26, 27 y 28; sin embargo, de manera extraña aplicaron los Decretos Supremos (DDSS) 0181 y 23318-A de 3 de noviembre de 1992, soslayando la tipicidad y legalidad que debieron aplicar; y, 2) Respecto a la vulneración del derecho a la defensa, el art. 8 del Reglamento de Procesos Administrativos Internos, prescribe que: “servidores y ex servidores públicos municipales tendrán derecho a la defensa por sí mismos o ser asistidos por un abogado”; empero, al momento de prestar su declaración informativa, en ningún momento fue advertida de que tenía que estar asistida de un abogado, siendo que, tanto en procedimientos disciplinarios del Órgano Judicial como en procesos penales, no se puede renunciar a la defensa técnica; en consecuencia, considera que al no haber sido indicado tal aspecto, se transgredió el derecho denunciado; por lo que, reiteró su petitorio.
En la réplica, el abogado de la impetrante de tutela señaló, que el Reglamento presentado en audiencia de consideración de la acción de defensa fue solicitado al Secretario Municipal; por lo que, hizo suya la prueba presentada por el representante del Alcalde codemandado, la variación radica solamente en la numeración de los artículos, en lo demás es lo mismo; toda vez que, están señaladas las faltas, y las sanciones por la que debió enmarcarse el proceso administrativo, asimismo negó la concurrencia de actos consentidos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- iv)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- III.2.
- NORMAS GENERALES
- RECURSO DE REVOCATORIA
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR en todo
- 2° Llamar la atención